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El aborto como derecho constitucional en Francia y derecho fundamental en la UE. Comentario de Mónica López Barahona, Presidenta de la Cátedra Internacional de Bioética Jérôme Lejeune

Lejeune y la primera ley del aborto en Francia

“La genética moderna se resume en un credo elemental que es este: en el principio hay un mensaje, este mensaje está en la vida y este mensaje es la vida”[1]. Escribe el Profesor Jérôme Lejeune en un texto del 1973, 2 años antes de que Francia legalice el aborto por primera vez en la historia, en 1975.

Unos años antes de escribir estas palabras, tras el descubrimiento de la causa genética de la trisomía 21 en 1959, el sistema sanitario nacional estadounidense destina fondos ingentes a detectar precozmente la trisomía 21 en el seno materno y a eliminar fetos con trisomía 21 antes de que puedan nacer. En consecuencia, Lejeune se dirige a la reunión anual de la Sociedad Americana de Genética Humana en San Francisco en 1969 de esta forma: “Durante miles de años, la medicina se ha esforzado por luchar por la vida y la salud contra la enfermedad y la muerte. Cualquier inversión de este orden cambiaría por completo la propia medicina”.[2]

El aborto como derecho constitucional en 2024

Las palabras del Prof. Lejeune son actuales y proféticas hoy en día, cuando la misma Francia se convierte en el primer país que incluye el derecho fundamental a la interrupción voluntaria del embarazo en su Constitución. “La ley determinará las condiciones en que se ejerce la libertad garantizada de la mujer de recurrir a la interrupción voluntaria del embarazo”[3]. Queda así introducida en el artículo 34 de la Constitución francesa, esta frase que convierte a Francia en “pionera” en el mundo con una referencia tan clara al aborto en su carta fundamental.

Después de, aproximadamente, 50 años desde ese discurso, el pasado 3 de marzo de 2024 el Parlamento francés, reunido en Congreso en Versalles, ha confirmado una votación histórica que permite incluir en la Constitución la “libertad garantizada” de las mujeres para recurrir al aborto. La inclusión del aborto en la Constitución ha sido aprobada por 780 diputados, y sólo 72 han votado en contra. Una vez incluido en la Carta Fundamental, quien quisiera restringir el acceso al aborto vería entonces su propuesta censurada por el Tribunal Constitucional francés.

¿Aborto como derecho fundamental de la Unión Europea?

Como si no fuera suficiente, el 3 de abril de 2024, el Parlamento Europeo ha adoptado una resolución sobre la inclusión del derecho al aborto en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. La resolución ha sido aprobada por 336 votos a favor y 163 en contra. Sin embargo, esta resolución no es vinculante, puesto que para ser incluida en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea requeriría el respaldo de los 27 Estados miembros del bloque comunitario.

¿Un gesto simbólico o una pendiente resbaladiza?

Resulta sorprendente que un país como Francia, en el que sólo en 2022 se han producido 234.300 abortos de los 726.000 nacimientos[4], haya sentido la necesidad de elevar esta práctica ya establecida a derecho constitucional. La razón que se aduce, también a nivel europeo, es que se trata principalmente de un acto “simbólico” que no tendrá consecuencias prácticas. Sin embargo, el riesgo de que este argumento sea una slippery slope es más que evidente. Queda así conculcado el derecho fundamental a la vida y al reconocimiento de su dignidad intrínseca, por la que ninguna vida humana, siquiera la vida del no nacido, puede ser discriminada por ninguna razón de edad, raza, enfermedad, etc.

Lo explica bien la vicedirectora de la asociación francesa Alliance Vita, Caroline Roux, que en una entrevista en el periódico Avvenire comenta el caso francés: “la revisión puede poner en cuestión otras libertades, empezando por la del personal médico para ejercer la objeción de conciencia. Y ello después de que una ley de 2022 ya alterara esta libertad, en el contexto de una reforma que también alargó el plazo máximo para el aborto quirúrgico, de 12 a 14 semanas, y para el farmacológico, de 5 a 7 semanas”.[5]

Amenaza para los médicos objetores de conciencia

Efectivamente, el caso francés de elevación del aborto a derecho constitucional pone también nuevamente en discusión la situación de los médicos y del personal sanitario que verán obstaculizado, aún más, el ejercicio de su derecho a la objeción de conciencia. Este dilema puede resumirse en las palabras del propio Pro. Lejeune, quien, parafraseando al Hamlet de Shakespeare, durante la reunión anual de la Sociedad Americana de Genética Humana en San Francisco en 1969, afirmó: “To kill or not to kill, that is the question”.[6]

La posición de la Cátedra Internacional de Bioética Jérôme Lejeune

La única postura éticamente válida frente al dilema del aborto es que no se puede admitir desde el punto di vista moral: el embrión y el feto es ya un ser humano, es ya un paciente para el médico, con la dignidad inviolable del ser persona y todo el derecho a vivir como cualquier otro, independientemente de las limitaciones o complicaciones médicas que se pudieran derivar de algunas anomalías, e independientemente de cualquier otra situación en la que se pueda encontrar la madre del nasciturus. No obstante, es importante que nuestra sociedad se esfuerce por crear y promover medios asistenciales y organizaciones en las que las madres en dificultad puedan encontrar todo el apoyo y la ayuda práctica que necesitan.

El derecho a la vida

El caso francés de la consagración del aborto a derecho constitucional, y el intento de elevarlo a derecho fundamental en la Unión Europea, nos pone una vez más frente a la amenaza al derecho a la vida. El derecho a la vida es, en sí mismo, el pilar fundamental de todos los demás derechos humanos, porque sin la vida no hay la posibilidad de ejercer ningún otro derecho.  En el caso particular del aborto se suprime el derecho primario a la vida de la persona más vulnerable que es el niño por nacer en el seno materno, cuyo comienzo coincide con la concepción. Como escribe el propio Jérôme Lejeune en el 1987: “La vida tiene una historia muy, muy larga, pero cada individuo tiene un comienzo muy nítido, el momento de su concepción”.[7]

El director general de la Fundación Jérôme Lejeune en España, Pablo Siegrist, además nos pone frente al verdadero fin último de la resolución europea, que es “eliminar cualquier alternativa al aborto ante un embarazo de riesgo, complicado o no deseado. No habría posibilidad para darle alternativas porque el ejercicio del derecho a matar a su hijo es lo que prevalece”.[8]

Desde la Catedra Internacional de Bioética Jérôme Lejeune, para dar continuidad al legado del Profesor Lejeune, condenamos expresamente la inclusión del Derecho al aborto en la Constitución francesa así como su posible reconocimiento como derecho fundamental en la Unión Europea, y pondremos todos los medios jurídicos, sociales, asistenciales y formativos para evitar que esto pueda suceder en otros países de nuestro entorno, considerando nuestro deber de custodiar y promover el bien fundamental de la vida humana y su consiguiente derecho fundamental a vivir.

Mónica López Barahona, presidente de la Catedra Internacional de Bioética Jérôme Lejeune

 

 

[1] Leeune, Clara, Dr. Lejeune. El amor a la vida, Ed. Palabra, Madrid 1999, pp. 47-50

[2] Dugast, Aude. Jérôme Lejeune: La libertad del sabio. Vol. 81. Encuentro, 2021.

[3] https://www.legifrance.gouv.fr/jorf/id/JORFTEXT000049251463

[4] https://datosmacro.expansion.com/demografia/natalidad/francia

[5] https://www.avvenire.it/vita/pagine/francia-diritto-di-aborto-la-protesta-siamo-un-paese-da-234mila-aborti-l-anno-che-bisogno-c-era

[6] Lejeune, Jérôme, The William Allan Memorial Award Lecture. On the nature of men, American Journal of Human Genetics, 1970, 22.2, 121.

[7] Lejeune, Jérôme, Test tube babies are babies, Ethics, reproduction and genetic control. Routledge, 2006, p. 44.

[8] https://www.cope.es/religion/hoy-en-dia/iglesia-espanola/noticias/pablo-siegrist-sobre-resolucion-europea-del-aborto-totalitarismo-antidemocratico-20240411_3241788

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